Capacitación Profesional del Transporte de Mercancías (Nacional e Internacional)
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-Tipo
de curso: Presencial/Semipres./Distancia
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Idioma:
Español
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-Precio:
Consultar
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Válido en:
España
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NOTA
IMPORTANTE
Este curso esta adaptado y cumple exactamente
con lo requerido en la Orden Ministerial de 28 de mayo de 1999 (BOE 11
de junio) por la que se desarrolla el Capítulo I del Título
11 del R. O. T. T. en materia de expedición de Certificados de
Capacitación Profesional. Entrada en vigor desde el 01 de septiembre
de 1999.
Presentación
Este curso va dirigido a todas aquellas personas cuya profesión
se desarrolla en el mundo laboral del transporte de mercancías
nacional e internacional.
¿En qué consiste
la Capacitación Profesional?
· La CAPACITACIÓN PROFESIONAL es un título
acreditativo que reconoce a sus titulares la capacidad para poder ejercer
tanto a la profesión de transportista de mercancías de servicio
público (o por cuenta ajena), como de Operador de Transporte.
· La CAPACITACIÓN PROFESIONAL - conocida comúnmente
como el título de transportista - es el requisito indispensable
para acceder al mercado del transporte.
· La obtención de la Capacitación Profesional
habilita a sus poseedores para que puedan ser titulares de TARJETAS DE
TRANSPORTE.
· Las TARJETAS DE TRANSPORTE son EXIGIBLES para poder
realizar transporte público de mercancías, tanto se trate
de vehículos ligeros o pesados, independientemente de su ámbito,
así como para realizar cualquier actividad auxiliar tal como la
de agencia, transitario y almacenista-distribuidor (un Operador de Transporte).
· Desde el 1 de agosto de 1987 (fecha de entrada
en vigor de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, en adelante
LOTT) SE EXIGE DE MANERA OBLIGATORIA que para ser titular de una autorización
administrativa para el transporte de mercancías (o tarjeta de transporte),
sus titulares deberán estar en posesión del correspondiente
CERTIFICADO DE CAPACITACIÓN PROFESIONAL.
· La Orden Ministerial de 28 de mayo de 1999 (BOE
de 11 de junio de 1999) por la que se desarrolla el Reglamento de Ordenación
del Transporte Terrestre (en adelante ROTT) en materia de expedición
de Certificados de Capacitación Profesional recoge en nuestro ordenamiento
jurídico la Directiva 98/76/CE del Consejo que modifica tanto los
exámenes, reglas de clasificación, programa de materias
exigible, así como las nuevas clases de Certificados de Capacitación
Profesional.
· Desde el 1 de septiembre de 1999 (fecha de entrada
en vigor de la OM de 28 de mayo de 1999) se establece UNA ÚNICA
Capacitación Profesional para el transporte de mercancías:
CAPACITACIÓN PARA LA ACTIVIDAD DE TRANSPORTE INTERIOR E INTERNACIONAL
DE MERCANCÍAS.
La NUEVA Capacitación Profesional para la ACTIVIDAD
DE TRANSPORTE INTERIOR E INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS capacita tanto
para la actividad en el transporte interior e internacional de mercancías,
como la de actividades auxiliares de agencia, transitario y almacenista-distribuidor
u Operador de Transporte (en adelante OT)
· La obtención previa de la CAPACITACIÓN
PROFESIONAL habilita a los capacitados a ejercer la actividad de transportista
y/u operador de transporte (tanto como empresario individual como colectivo),
así como para ser titular de una TARJETA DE TRANSPORTES.
· La TARJETA DE TRANSPORTES habilita a sus titulares
a efectuar el transporte de mercancías de SERVICIO PÚBLICO
(las mercancías se transportan por cuenta ajena mediante una retribución
económica), así como la de cualquier actividad auxiliar
del transporte de mercancías: agencia, transitario o almacenista-distribuidor
(OT).
CAPACITACIÓN PROFESIONAL + TARJETA DE TRANSPORTE
+ VEHÍCULO = ACCESO AL MERCADO COMO TRANSPORTISTA
CAPACITACIÓN PROFESIONAL + TARJETA DE TRANSPORTE
+ LOCAL + CAPACIDAD ECONÓMICA = ACCESO AL MERCADO COMO OPERADOR
DE TRANSPORTE
¿Cómo se obtiene
la Capacitación Profesional?
· La Capacitación Profesional - comúnmente
denominada "TITULO DE TRANSPORTISTA" - se obtiene mediante la
superación de unas pruebas convocadas anualmente por las Comunidades
Autónomas, o en su defecto por el Ministerio de Fomento.
· Las pruebas se deberán convocar, al menos,
una vez al año.
· Las pruebas constarán de UN UNICO EJERCICIO
estructurado en dos partes.
• La PRIMERA PARTE del ejercicio a superar esta compuesto
por 100 preguntas tipo test con cuatro respuestas alternativas a elegir
una.
• La SEGUNDA PARTE del ejercicio a superar consta de 6 supuestos
prácticos a resolver mediante una explicación escrita.
· Una vez obtenida la Capacitación Profesional,
el capacitado podrá obtener la AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA
o TARJETA DE TRANSPORTE que le habilite para la Actividad del Transporte
Interior e Internacional de Mercancías por cuenta ajena o servicio
público (tanto como transportista como Operador de Transporte)
¿Qué requisitos deben
reunir los aspirantes?
· Para presentarse a las pruebas de Capacitación
Profesional NO SE EXIGE TITULACIÓN ACADÉMICA ALGUNA, ni
permiso de conducción genérico a determinada clase, ni edad
mínima; tan sólo tener la nacionalidad española,
la de algún país miembro de la Unión Europea o de
un tercer país con el que el Estado Español tenga suscrito
un convenio con carácter recíproco en este sentido.
¿Qué tarjetas de
transportes se pueden obtener con la Capacitación Profesional?
· El régimen de otorgamiento de las tarjetas
de transporte de mercancías desde el 2 de enero de 1998 NO ESTA
SUJETO A LIMITACIONES EN CUANTO SU NÚMERO; es decir, se concederán
cuantas autorizaciones se soliciten SIEMPRE Y CUANDO SE CUMPLAN TODOS
LOS REQUISITOS EXIGIDOS PARA SU OTORGAMIENTO.
· Así mismo, el régimen de concesión
de autorizaciones para ejercer la actividad de Operador de Transporte
NO ESTA SUJETO A LIMITACIONES EN CUANTO A SU NÚMERO SIEMPRE Y CUANDO
SE CUMPLAN TODOS LOS REQUISITOS PARA SU OTORGAMIENTO.
· Con la nueva Capacitación Profesional para
la ACTIVIDAD de TRANSPORTE INTERIOR E INTERNACIONAL DE MERCANCIAS (y cumpliendo
los requisitos exigidos) se podrán obtener las siguientes autorizaciones
de transporte de servicio público;
MDL (Mercancías Discrecional
Ligero)
- TRANSPORTE DE MERCANCIAS SERVICIO PUBLICO EN VEHICULO LIGERO
DE AMBITO NACIONAL
MDP (Mercancías Discrecional
Pesado)
- TRANSPORTE DE MERCANCIAS SERVICIO PUBLICO EN VEHICULO PESADO
DE AMBITO LOCAL
- TRANSPORTE DE MERCANCIAS SERVICIO PUBLICO EN VEHICULO PESADO DE AMBITO
PESADO
OT (Operador Transporte Central)
- HABILITA A SUS TITULARES A EJERCER, INDISTINTAMENTE, LAS
ACTIVIDADES DE AGENCIA DE TRANSPORTE, TRANSITARIO y ALMACENISTA-DISTRIBUIDOR.
OTS (Operador Transporte Sucursal)
- IDEM QUE LA ANTERIOR, PERO PARA EJERCER LA ACTIVIDAD EN LOCALIDADES
UBICADAS EN PROVINCIA DISTINTA A LA CENTRAL.
· La Capacitación Profesional, que se prepara
en este curso, habilita así mismo parar ejercer la ACTIVIDAD EN
EL TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS.
· Para ejercer la actividad de transporte internacional
también será necesario obtener una autorización previa.
Dicha autorización o Licencia Comunitaria sólo será
expedida a aquellas empresas o transportistas ya titulares de tarjetas
de transporte de ámbito interior.
· Desde el 2 de enero de 1998 la Capacitación
Profesional es la ÚNICA LIMITACIÓN para el acceso al mercado,
tanto en cuanto ES EXIGIDA PARA EJERCER LA ACTIVIDAD CON CUALQUIER TARJETA
DE TRANSPORTES DE SERVICIO PÚBLICO (MDP Y MDL).
· Asimismo, en la actualidad una persona capacitada
SÓLO PODRÁ CAPACITAR A UNA EMPRESA DE TRANSPORTES (sea esta
transportistas u operador de transporte) a diferencia de lo que ocurría
con anterioridad al 2 de enero de 1998.
¿A quién va dirigido
este curso de Capacitación Profesional?
· Personas que quieran ser propietarias de su propio
negocio.
· Conductores por cuenta ajena que quieran instalarse por su cuenta.
· Directivos de empresas de transportes.
· Directivos de cooperativas de trabajo asociado.
· Personas que necesiten capacitar a terceros.
· La Capacitación Profesional no habilita exclusivamente
a quienes quieran ejercer por primera vez la profesión.
· A aquellos familiares, ya titulares de autorizaciones de transporte
que se jubilen, queden inhabilitados o fallezcan, sus herederos deberán
acreditar el requisito de la Capacitación Profesional en un plazo
de 1 año, ampliable 6 meses más. De esta manera se evitará
la pérdida definitiva de la tarjeta de transporte del familiar
que ejercía la actividad.
Programa exigido en la Capacitación
Profesional (Nac. e Internac.) de mercancías
Orden Ministerial de 28 de mayo de 1999 (BOE 11 de junio) por
la que se desarrolla el Capítulo I del Título II del ROTT
en materia de expedición de Certificados de Capacitación
Profesional. Entrada en vigor desde el 01 de septiembre de 1999.
GRUPO I
I. Elementos de Derecho Privado. 5 TEMAS
GRUPO II
II. El transportista como empresario mercantil. 2 TEMAS
GRUPO III
III. Derecho social. 4 TEMAS
GRUPO IV
IV. Derecho Fiscal. 1 TEMA.
GRUPO V
V. Gestión comercial y financiera de la empresa. 9 TEMAS
GRUPO VI
VI. Acceso al mercado. 6 TEMAS.
GRUPO VII
VII. Normas de explotación y técnicas. 8 TEMAS .
GRUPO VIII
VIII. Seguridad en carretera. 3 TEMAS.
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